REGIMEN DE LA PROPIEDAD EXCLUSIVA Y COMÚN
Asistimos a la directiva de la Junta de propietarios para solucionar todo tipo de problemas jurídicos derivados de la vida en un departamento, edificios, viviendas multifamiliares, quintas, condominios, centros y galerías comerciales u otros que se encuentren bajo el régimen de la propiedad horizontal.
Importante:
La Propiedad Horizontal o Régimen de propiedad exclusiva y común refiere a aquellos edificios de departamentos de uso residencial, industrial, comercial o también mixto; así también las galerías comerciales, campos feriales, quintas y cualquier unidad inmobiliaria que cuente con bienes comunes. El artículo 126 del D.S. No. 008-2000-MTC, contempla las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad común.
Los bienes de propiedad común son por ejemplo, los pasajes, pasadizos, escaleras, ascensores, portería, guardianía, jardines, sistemas de agua, energía eléctrica, sistema de eliminación de desperdicios, patios, entre otros.
Nuestros servicios:
1. Procesos relativos a Derechos derivados de la Propiedad Horizontal.
2. Recupero de cuotas impagas por mantenimiento de las áreas comunes.
3. Constitución de Junta de propietarios.
4. Elaboración de Reglamento Interno y cumplimiento del mismo.
5. Pluralidad de reglamentos internos.
6. Adecuación de reglamentos internos.
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